Derechos de Aprovechamiento de Aguas Registrados en la DGA


La gestión del agua como pilar de la agricultura moderna

En el contexto actual del sector agrícola chileno, la gestión eficiente del recurso hídrico se ha convertido en un factor determinante para la competitividad, la sostenibilidad y la continuidad productiva.
Para las empresas productoras agrícolas, contar con derechos de aprovechamiento de aguas (DAA) debidamente registrados en la Dirección General de Aguas (DGA) no solo garantiza el uso legal del recurso, sino que también fortalece la planificación de riego, la inversión en infraestructura y la valorización patrimonial de los predios.

En este artículo, Actiagro, empresa especializada en asesorías agrícolas y gestión comercial hídrica, presenta una guía general para comprender el marco regulatorio, el proceso de registro y la importancia estratégica de los derechos de agua en la gestión agrícola moderna.

 ¿Qué son los derechos de aprovechamiento de aguas en Chile?

Según el Código de Aguas (DFL 1122 de 1981) y su reforma mediante la Ley N.º 21.435, publicada el 6 de abril de 2022, el agua es un bien nacional de uso público, y su utilización requiere un derecho formalmente constituido y registrado ante la autoridad competente.

Los derechos de aprovechamiento de aguas son autorizaciones que otorga el Estado chileno, a través de la Dirección General de Aguas (DGA), para usar un determinado caudal de agua —ya sea superficial o subterránea— con un fin específico, como el riego agrícola, uso industrial o consumo humano.

Se clasifican en:

  • Consuntivos: permiten utilizar el agua sin obligación de devolverla (típico en riego o procesos agrícolas).
  • No consuntivos: permiten el uso temporal del recurso, pero exigen su restitución al cauce original (por ejemplo, generación eléctrica o acuicultura).

Para las empresas agrícolas, los derechos consuntivos son esenciales, ya que habilitan el uso continuo del recurso para riego y operaciones productivas.

 Importancia del registro ante la DGA y el Catastro Público de Aguas (CPA)

El registro en la DGA garantiza que el derecho de aprovechamiento esté reconocido legalmente y que su titular pueda ejercerlo sin conflictos con terceros.
El Catastro Público de Aguas (CPA) es la base de datos oficial donde se inscriben estos derechos, indicando información como: volumen autorizado, ubicación geográfica, tipo de fuente (superficial o subterránea) y titularidad.

Según la DGA, solo los derechos correctamente inscritos pueden ser objeto de modificación, traslado o transferencia legal.

Para los productores agrícolas, la falta de registro o un registro incompleto puede traducirse en riesgos operativos—como pérdida del derecho por no uso, imposibilidad de construir obras de captación o problemas legales durante compraventas de derechos de agua o de predios agrícolas—.

 Beneficios de mantener los derechos de agua regularizados

  1. Seguridad jurídica: permite ejercer el uso del recurso con respaldo legal y evitar sanciones.
  2. Optimización del riego: conocer el volumen autorizado facilita diseñar sistemas de riego tecnificado acordes al derecho.
  3. Valor patrimonial: los derechos registrados incrementan el valor de los derechos de agua y de los predios agrícolas.
  4. Cumplimiento ambiental: garantiza alineación con la normativa DGA.
  5. Acceso a financiamiento: muchos bancos y fondos agrícolas exigen derechos vigentes como respaldo en créditos o proyectos de inversión.

Procedimiento para registrar derechos de aprovechamiento de aguas ante la DGA

El proceso de registro o regularización puede variar según la fuente de agua (superficial o subterránea), pero en términos generales incluye las siguientes etapas:

  1. Diagnóstico y recopilación de antecedentes

Se identifican la fuente hídrica, el caudal utilizado, los límites del predio, y se recopila documentación legal (títulos, escrituras, concesiones previas, coordenadas UTM, etc.).
Actiagro recomienda realizar este diagnóstico con apoyo técnico especializado para asegurar la trazabilidad y exactitud de los datos.

  1. Solicitud de inscripción o reconocimiento


Dependiendo del caso, puede tramitarse como derecho nuevoreconocimiento de uso antiguo, o regularización de derechos existentes.

  1. Resolución y registro en el CPA

Una vez aprobado, el derecho se inscribe en el Catastro Público de Aguas (CPA) y se emite el Certificado de Registro de Derecho de Aprovechamiento, documento que acredita oficialmente la titularidad.

 Nuevas exigencias legales: Ley 21.435 y fiscalización de la DGA

La Ley 21.435, promulgada en 2022, reformó profundamente el Código de Aguas.
Entre sus principales implicancias para el sector agrícola destacan:

  • Plazos de uso efectivo: caducidad automática del derecho si no se utiliza durante el periodo legal.
  • Registro obligatorio en la DGA.
  • Obligación de instalar sistemas de medición en pozos, canales o puntos de captación, especialmente en zonas de restricción o acuíferos sobreexplotados.
  • Fortalecimiento de fiscalización de la DGA en el uso y monitoreo.

Para las empresas agrícolas, esto significa que la gestión hídrica debe ser proactiva, documentada y trazable, alineada con la normativa.
Actiagro apoya a sus clientes en el cumplimiento de estas exigencias mediante  asesoría comercial , asesoría jurídica y gestión de trámites ante la DGA.

Rol de Actiagro en la gestión de derechos de agua

Actiagro ofrece asesorías integrales en recursos hídricos para productores agrícolas y empresas agroindustriales.
Su experiencia abarca:

  • Gestión comercial en compra y venta de derechos de aprovechamiento de agua.
  • Regularización y registro de derechos de aprovechamiento ante la DGA
  • Tasación de derechos de aprovechamiento de aguas.

Gracias a su colabración con Araya y cia Abogados, Actiagro se ha consolidado como un aliado estratégico para el sector agrícola chileno en materia de uso sostenible del agua.

Buenas prácticas para la gestión hídrica empresarial

  1. Verificar la inscripción en el CPA antes de invertir en obras de riego o compra de predios.
  2. Registrar todo cambio de punto de captación o fuente con asesoría técnica.
  3. Mantener registros de uso real del agua mediante medidores certificados.
  4. Actualizar certificados y documentación legal de los derechos.
  5. Capacitar a los equipos agrícolas en normativa DGA y cumplimiento ambiental.

Actiagro recomienda incluir estos controles dentro de un sistema interno de gestión hídrica, alineado con estándares internacionales de sostenibilidad y eficiencia.

Conclusión: el agua como eje estratégico del crecimiento agrícola

La sostenibilidad del sector agrícola chileno depende de una gestión del agua eficiente, regulada y técnicamente fundamentada.
Registrar los derechos de aprovechamiento de aguas ante la DGA no solo cumple una obligación legal, sino que fortalece la seguridad operativa y el valor de los activos agrícolas.

Actiagro apoya a los agricultores y a las empresas productoras en este desafío, integrando conocimiento técnico, normativo y ambiental para garantizar una gestión hídrica moderna y sostenible.

Llamado a la acción (CTA)

¿Necesitas registrar o regularizar tus derechos de agua ante la DGA?
Actiagro te asesora en todo el proceso: diagnóstico, trámite, inscripción y monitoreo hídrico.
Contáctanos en www.actiagro.cl y asegura la sustentabilidad hídrica de tu empresa agrícola.

 





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